La nueva Ley de Maquila en Paraguay: ¿competitividad o riesgo de regresión en derechos humanos?
- Andrés Vázquez
- 8 abr
- 3 Min. de lectura
Actualizado: hace 2 días
La reciente reglamentación de la Ley Nº 7547/2025 “Del Régimen de Maquila” marca un punto de inflexión en la política económica paraguaya. Presentada como una herramienta de modernización y atracción de inversiones, la normativa introduce mejoras administrativas y fiscales relevantes. Sin embargo, un análisis más detenido revela tensiones estructurales entre competitividad económica y estándares contemporáneos de derechos humanos y debida diligencia empresarial.
Este artículo propone una lectura crítica de la nueva ley, identificando sus principales vacíos y los riesgos que estos generan tanto para las personas trabajadoras como para la sostenibilidad del modelo de inserción internacional del país.

1. Un modelo de competitividad basado en costos laborales
El régimen de maquila paraguayo continúa posicionándose en el mercado internacional a partir de una ventaja comparativa centrada en bajos costos laborales. Esta lógica, aunque efectiva en el corto plazo, presenta tres problemas estructurales:
Presión hacia la precarización: La “flexibilidad” laboral puede derivar en condiciones que debiliten la estabilidad, la seguridad ocupacional y los niveles salariales.
Débil garantía de libertad sindical: La normativa no introduce mecanismos específicos para fortalecer la organización colectiva en el sector maquilador.
Capacidad limitada de fiscalización: Las restricciones operativas del Ministerio de Trabajo dificultan el control efectivo, especialmente en parques industriales o zonas alejadas.
En este contexto, la competitividad se construye sobre una base frágil: la reducción de costos laborales más que la mejora de productividad o innovación.
2. El gran vacío: la ausencia de debida diligencia en derechos humanos
El aspecto más crítico de la reglamentación es la falta de incorporación de estándares de debida diligencia empresarial, entendida como la obligación de identificar, prevenir y mitigar riesgos en derechos humanos a lo largo de la cadena de valor.
Entre las principales debilidades destacan:
No obligatoriedad de procesos de debida diligencia
Falta de regulación clara de la submaquila, generando zonas grises de responsabilidad
Ausencia de indicadores de calidad del empleo o impacto social
Esto sitúa al Paraguay en una posición rezagada frente a marcos internacionales como los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.
3. Riesgos institucionales: discrecionalidad y falta de mecanismos de remediación
La normativa también presenta riesgos desde el punto de vista institucional:
Déficits de transparencia en la revocación de programas
Ausencia de mecanismos accesibles de queja y reparación
Potencial competencia desleal interna mediante el traslado de trabajadores a regímenes menos protectores
Estos elementos debilitan la gobernanza del sistema y limitan la capacidad del Estado para cumplir con su obligación de garantizar derechos.
4. El choque con el nuevo orden económico internacional
El principal desafío no es interno, sino externo.
La aprobación de la Directiva de Debida Diligencia de la Unión Europea (CSDDD) redefine las reglas del comercio global. Bajo este nuevo paradigma:
Las empresas europeas serán responsables por violaciones de derechos humanos en sus cadenas de suministro.
Los países sin estándares robustos de debida diligencia serán considerados riesgos comerciales.
Esto genera una paradoja crítica: Paraguay busca atraer inversión mediante flexibilidad, pero podría terminar excluido de mercados de alto valor por falta de cumplimiento ESG.
5. Una competitividad insostenible
El modelo actual plantea una “competitividad de corto plazo” que puede traducirse en:
Pérdida de acceso a mercados internacionales exigentes
Deterioro reputacional del país
Captación de inversiones de baja calidad ética
En otras palabras, una estrategia que puede ser funcional hoy, pero inviable mañana.
Conclusión: una oportunidad aún abierta
La Ley 7547/2025 no es, en sí misma, un problema. El problema es lo que omite.
Paraguay tiene todavía una ventana de oportunidad para:
Incorporar estándares de debida diligencia obligatoria
Fortalecer la fiscalización laboral
Crear mecanismos efectivos de queja y reparación
Alinear su modelo productivo con estándares internacionales
El desafío no es elegir entre competitividad y derechos humanos.El desafío es entender que, en el siglo XXI, no hay competitividad sostenible sin derechos humanos.
Emilio Andrés Vázquez
Director del CEDH | Doctor en Derecho Público
Experto en derechos humanos, políticas públicas y debida diligencia




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